Sobre la resolución de las opciones a compra y el debido proceso.

Mediante sentencia N°401, publicada el 29 de junio de 2016, la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia del Magistrado Guillermo Blanco Vázquez, establece la sujeción del órgano jurisdiccional a la manifestación de voluntad expresada por las partes en el contrato, con el fin de darle cumplimiento al Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia previstos en los artículos 2 y 3 del Texto Fundamental.

VER: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/Junio/188620-RC.000401-29616-2016-15-603.HTML

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