Influencers o payasos. Protejamos a nuestros niños, niñas y adolescentes.
Recientemente veíamos a varios “influencers” o “payasos” realizar estas conductas:
Invitar a una pareja a darse un beso en frente de una institución de Educación Superior mascando “chimó” (El chimó o chimó llanero es tabaco de mascar curado; proviene de hojas de tabaco sometidas a un procedimiento mediante el cual se crea una jalea de consistencia similar a la pasta dental, pero de color negro o café oscuro.) a cambio de un dinero.
En otra oportunidad otro “payaso” denigró de los profesionales egresados de varias casas de estudio por el tiempo que duran estudiando en ellas, sin medir las consecuencias que tiene para la Institución, para los que estudian allí, para los que aspiran hacerlo y más aún para los profesionales egresados de esas casas de estudio.
Otra generando razón de odio y burla por la nacionalidad de unas personas al momento de enfrentar realidades cotidianas del día a día.
Se han olvidado que sus conductas legales hasta ahora traen consecuencias que pueden afectar a nuestros niños, niñas y adolescentes.
Durante la última década, las personalidades de las redes sociales han conquistado el mundo, influyendo en los productos que les interesan a nuestros hijos, cómo se comportan, qué quieren ser cuando crezcan y más. Estos influencers están exponiendo a los niños a anuncios sutiles y abiertos y a nuevas tendencias sociales, y aunque este tipo de relación parasocial no es nueva, lo hemos visto en el pasado con actores y otras celebridades, la autenticidad fingida de los influencers hace que su impacto sea aún más poderoso.
¿Cómo pueden ustedes, como padres, mitigar los efectos negativos de los niños influyentes y las personas influyentes en las redes sociales, así como fomentar relaciones saludables dentro y fuera de línea? ¿Tus hijos quieren convertirse ellos mismos en influencers? Le pedimos a un panel interdisciplinario de expertos distinguidos de nuestra organización que opinaran sobre las motivaciones y las implicaciones de la era de los niños influyentes y los influencers, así como también sobre cómo puede ayudar a sus hijos a navegar cuidadosamente y con cuidado en el mundo de las jóvenes estrellas de las redes sociales.
Q1. ¿Qué pasa si mi hijo quiere convertirse en un influencer?
Muchos padres piensan que sus hijos quieren ser personas influyentes, pero primero pregúntese: “¿Quién realmente quiere ser la persona influyente?”
Investigaciones recientes en Europa sugieren que casi todos los perfiles de niños influyentes en realidad fueron administrados por los padres, por lo que, aunque el perfil parezca administrado por el niño, por lo general, el niño no tiene acceso directo al perfil. Esto sugiere que cuando un niño decide que quiere ser un influencer, puede deberse a una presión sutil o al estímulo de sus padres, quienes pueden estar proyectando sus propios sueños de popularidad en sus hijos.
TODO COMIENZA CON USTED
Si un niño quiere convertirse en una persona influyente, se sugiere que los padres “hablen sobre el poder y la responsabilidad que implica, qué límites y reglas importantes deben respetar como familia y de qué manera puede contribuir su hijo”.
PIENSA ANTES DE COMPARTIR
Tenga cuidado al compartir fotos o videos de sus hijos en las redes sociales, especialmente cuando tiene un gran alcance en esas cuentas. “Los padres no tienen control sobre la difusión de estas imágenes y videos”. A la larga, compartir información en línea de su hijo contribuye a la construcción de la identidad digital de su hijo, privándolo de la capacidad de construir su propia identidad.
Q2. ¿Qué pasa si es mi hijo el que quiere ser un influencer?
Cualquiera que tenga un niño influyente debe comenzar con la terapia de inmediato, no porque esté enfermo, sino porque es una situación intrínsecamente desafiante. La gente equipara la fama infantil con la misma sintomatología que la adicción: primero la amas y luego la odias, y luego descubres que no puedes vivir sin ella. A veces, tratar de mantener ese nivel de fama hace que hagas cosas que de otro modo no harías y termina con muchos problemas de salud mental. Entonces, si bien ser un influencer tiene muchas ventajas, es un arma de doble filo, y solo una pequeña parte gana suficiente dinero para pagar las cuentas.
P3: ¿Cómo impactan estos “influyentes” en las elecciones de los niños?
Los influencers se dirigen a los niños con mensajes que pueden explicarse a través de la intersección de tres procesos. Primero, los niños que se desplazan por los sitios de redes sociales a menudo procesan información de forma activa, lo cual es una experiencia diferente a la que se tiene cuando se miran comerciales de televisión. En segundo lugar, el contenido de influencers a menudo no se distingue del contenido de los usuarios habituales. Y finalmente, las personas influyentes con las que se puede relacionar y que atraen a los niños se convierten en fuentes confiables de información. La combinación de procesamiento activo, la falta de distinción del contenido de influencers y la credibilidad de la fuente de muchos influencers conduce a una situación en la que los influencers pueden impulsar las elecciones de los niños.
Q4. ¿Cómo sé si mi hijo está siendo impactado por personas influyentes?
Tenga en cuenta cualquier cambio en su comportamiento, como nuevas dietas, y únase a las mismas plataformas de redes sociales. No necesariamente tienes que seguir a tus hijos, pero te ayuda a comprender lo que circula en esas plataformas. Por ejemplo, TikTok ha promulgado desafíos tan dañinos como “#deviouslicks”, donde los jóvenes publican videos de artículos que están robando en las escuelas”.
P5. ¿Ver personas influyentes en línea afecta el desarrollo social de mis hijos?
Ver a personas influyentes en línea puede contribuir en gran medida a una sensación de escasez o carencia (“¡No tengo lo que necesito para ser feliz!”) Y contribuir a crear un niño centrado en el consumidor. Sin embargo, los padres desempeñan un papel fundamental en el establecimiento de límites, la enseñanza sobre la interacción en las redes sociales y las contribuciones saludables, y ofrecen equilibrios al crear un tiempo sagrado fuera de la pantalla para jugar, leer y crear.
P6: He oído que las relaciones son “parasociales”. ¿Que significa eso?
Las relaciones parasociales son relaciones unilaterales en las que los niños piensan que las personas influyentes, las celebridades, los personajes u otros son sus amigos. En una relación parasocial, una parte (en este caso, el niño), aporta energía emocional y tiempo, mientras que la otra parte (en este caso, el influenciador) no sabe de la existencia del otro (del niño). Al compartir su identidad “auténtica”, los influencers crean intimidad con su audiencia y los niños se enamoran de su encanto, celebridad y estilo de vida. Es natural que los niños busquen y emulen modelos a seguir, pero este tipo de relaciones parasociales pueden tener consecuencias no deseadas.
Las investigaciones muestran que los niños a menudo imitan los comportamientos que ven, por lo que es muy importante que los padres modelen buenos comportamientos y hábitos digitales. Dado que los efectos de las relaciones parasociales que los niños forman con personas influyentes en las redes sociales pueden ser bastante fuertes, asegúrese de desempeñar un papel activo en la selección de los videos de sus hijos para influir en los algoritmos.
P7. ¿Qué pueden hacer los padres para mitigar estos efectos?
Antes de sacar demasiadas conclusiones, evalúe algunas publicaciones de la persona influyente para ver de qué se trata el alboroto. Cree una conversación con su hijo sobre el influencer. Haz preguntas como: ‘¿cuál es tu publicación favorita que compartió esta persona?’ y ‘si un verdadero amigo tuyo actuara de esta manera, ¿te haría sentir que es un amigo confiable?’
DESMITIFICAR
La investigación científica sugiere tres estrategias que los padres pueden usar para minimizar el impacto de las personas influyentes. Primero, explique que el propósito es lograr que su hijo quiera las cosas que se mencionan en el video. En segundo lugar, muéstreles a sus hijos que estos influenciadores no deben ser tomados en serio. Las investigaciones muestran que cuando los niños ven a sus padres burlarse de los anuncios, los deseos materialistas de los niños disminuyen. Y tercero, cambie el enfoque a valores como la creatividad personal y la compasión.
SE SU INFLUYENTE
Siéntase cómodo teniendo conversaciones, considere abrir una cuenta de redes sociales compartida y siga algunas cuentas en las que puedan sentarse y mirar juntos. Exprese curiosidad sobre el mensaje en las publicaciones, la edición en las fotos y hable sobre lo que es real versus lo cuidadosamente curado. Al ser una parte activa de estas conversaciones, los padres pueden asegurarse de que sus hijos tomen su voz, su mensaje y su guía moral en lugar de otras personas influyentes externas.
P8. ¿Qué debo tener en cuenta si mi hijo parece estar interesado en obtener seguidores fuera de su red de amigos?
Es muy difícil, sin importar la edad, mantener tu sentido de identidad, es decir, cuál es mi personalidad en línea versus mi yo fuera de línea, Supuestamente, los Kidfluencers muestran a sus fans su auténtico yo, y si revelan demasiado de sí mismos en línea, corren el riesgo de dejar que los comentarios que reciben de sus fans definan su identidad, en lugar de sus motivaciones intrínsecas. Es importante que los padres vigilen de cerca a los niños que comienzan a tener presencia en las redes sociales y los ayuden a orientarse hacia sus propias personalidades e intereses auténticos, y no solo hacia lo que obtiene la mejor participación o respuesta de sus seguidores”.
P9. ¿Está bien que mi hijo esté en las redes sociales y siga a personas influyentes?
Seguir a extraños, como personas influyentes y celebridades, te hace sentir mal contigo mismo y con tu propia vida, “Los estudios encuentran que cierto uso de las redes sociales puede hacer que los niños se sientan más felices y más conectados con sus compañeros”. Sin embargo, demasiado tiempo en las redes sociales se asocia con un aumento significativo del riesgo de depresión, insatisfacción corporal, ansiedad social y comparación social ascendente.
P10. ¿Está bien que mis hijos sigan a sus celebridades favoritas en las redes sociales?
Además de personas influyentes, los niños pueden estar interesados en seguir a sus actores, deportistas o estrellas de la música favoritos en las redes sociales. Si bien estas celebridades pueden tener la oportunidad de ser una persona diferente en las redes sociales de lo que son en sus personajes de televisión o películas, sus redes sociales a menudo aún están muy seleccionadas. Es normal y natural que los niños quieran mantenerse al día con los ricos y los famosos, al igual que usted puede haber leído revistas o haber puesto carteles de estrellas de rock en sus paredes cuando era adolescente, pero es importante que los niños entiendan la naturaleza de “carrete de fantasía” de medios de comunicación social.
La cláusula descenso como causal de resolución del contrato entre equipos y futbolistas.
La inserción en un contrato de trabajo de una “cláusula de descenso” es una herramienta muy utilizada en el fútbol tanto por los clubes como por los jugadores.
Por un lado, tiene como objetivo proteger al club de sufrir, como consecuencia del descenso, cargas salariales que superarían su capacidad financiera.
Por lo que existe un interés justificado por adaptar la estructura salarial al cambiante entorno deportivo y financiero de la segunda división, lo que también garantiza que los jugadores percibirían su salario.
Por otro lado, protege la carrera deportiva de los jugadores, en el sentido de que no se verían obligados, en caso de descenso de su club actual, a jugar en competiciones de nivel inferior.
Estas cláusulas pueden considerarse una forma válida de proteger los intereses mutuos de ambas partes.
Se pueden dividir en:
Recíprocas (no potestativa) y, por lo tanto, válidas y;
No recíprocas y con una validez discutible.
Recíprocas (no potestativa) y válidas, aquellas que establecen que la relación contractual de las partes finaliza automáticamente en caso de descenso del club, o que otorgan a ambas partes el derecho a rescindir el contrato de trabajo.
No recíprocas y, por lo tanto, con una validez discutible. Son aquellas que sólo proporcionan a una de las partes la oportunidad de rescindir el contrato de trabajo sin ninguna regulación de la indemnización, en su caso, para la otra parte.
Este tipo de cláusulas no son recíprocas y conlleva el riesgo de otorgar un derecho desequilibrado a la discrecionalidad de una sola parte, lo que podría traducirse en un abuso de derecho y como consecuencia de ello generaría la no exigibilidad de la referida cláusula.
Las nuevas regulaciones de agentes de fútbol de la FIFA: lo que necesita saber.
Después de mucha controversia y debate, el nuevo Reglamento de Agentes de Fútbol de la FIFA fue finalmente aprobado por el Consejo de la FIFA el 16 de diciembre de 2022 y entrará en vigor el 9 de enero de 2023 con el objetivo de reforzar la estabilidad contractual, proteger la integridad del sistema de transferencias y lograr una mayor transparencia financiera.
Los cambios clave son:
- la (re)introducción de un sistema de exámenes y licencias.
- Un tope en los honorarios de los agentes.
- Límites a la representación múltiple.
Dado el impacto significativo que las nuevas regulaciones tendrán en la industria del fútbol, es vital que todos los que trabajan en la industria del fútbol estén al tanto de los cambios que se avecinan.
Contenido
- ¿Cuándo entrará en vigor la nueva normativa?
- ¿Cómo se licenciarán los agentes?
- ¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para los agentes?
- ¿Cuáles son los requisitos formales para los contratos de representación?
- ¿Cuáles son las normas relativas a los menores?
- ¿Pueden los agentes representar a más de un cliente en una transacción?
- ¿Cuál es el tope de las comisiones?
- ¿Quién puede pagar los honorarios de los agentes?
- ¿Existe alguna restricción en cuanto a cuándo se debe pagar la comisión adeudada a un agente?
- ¿Se proponen otros cambios importantes?
- Conclusión
¿Cuándo entrará en vigor la nueva normativa?
La nueva normativa entrará en vigor en dos etapas.
Las disposiciones relativas a convertirse en agente de fútbol, incluido el requisito de que los agentes aprueben un examen y obtengan una licencia, entrarán en vigor el 9 de enero de 2023. Sin embargo, existe un período de transición como el resto de las normas relativas a la actuación como agente de fútbol. Incluida la obligación de utilizar solo agentes de fútbol con licencia, el tope de las tarifas de los agentes y los límites a la representación múltiple, no entrarán en vigor hasta el 1 de octubre de 2023.
Por tanto, el mercado de fichajes de verano de 2023 será el último mercado de fichajes en el que se aplicará el actual régimen regulatorio. A partir de entonces, todos los agentes deberán obtener una licencia antes de llevar a cabo cualquier actividad de agencia y las nuevas normas estarán en pleno funcionamiento, excepto que se entiende que las nuevas normas sobre la actuación como agente de fútbol no se aplicarán a las transacciones que impliquen contratos de representación celebrados antes del 16 de diciembre de 2022 incluso si la transacción tiene lugar después del 1 de octubre de 2023. Esto significaría que el límite de las comisiones y las limitaciones a la representación múltiple no se aplicarían en esos casos.
El Reglamento de agentes de la FIFA regirá la actividad de los agentes de fútbol con una dimensión internacional, como las transferencias que impliquen una transferencia internacional de un jugador. En los casos nacionales, las actividades de los agentes de fútbol se regirán por los reglamentos de la asociación nacional pertinente, que está obligada a implementar reglamentos que sean compatibles con el Reglamento de agentes de la FIFA antes del 30 de septiembre de 2023. Las asociaciones nacionales solo pueden desviarse del Reglamento de agentes de la FIFA si existe un conflicto con las leyes nacionales y cabe señalar que pueden introducir medidas más estrictas si así lo desean.
¿Cómo se licenciarán los agentes?
Uno de los principales cambios es la reintroducción del sistema de licencias para agentes. Por lo tanto, antes de realizar cualquier actividad de agente de fútbol, todos los agentes deben:
- enviar una solicitud a través de la plataforma en línea de la FIFA;
- aprobar con éxito un examen realizado por la FIFA y pagar una tarifa de licencia anual de 600 USD;
- cumplir con ciertos requisitos de elegibilidad y con el desarrollo profesional continuo (CPD); y
- Aceptar cumplir y estar sujeto a todas las normas de la FIFA.
Los agentes pueden solicitar una licencia a través de la plataforma de agentes a partir del 9 de enero de 2023; sin embargo, el examen solo se llevará a cabo periódicamente y las solicitudes para rendir el examen solo se aceptarán durante períodos específicos. Las ventanas de examen de agente en 2023 son las siguientes:
- del 9 de enero de 2023 al 15 de marzo de 2023 para el primer examen de agente de fútbol de la FIFA el 19 de abril de 2023;
- del 1 de mayo de 2023 al 31 de julio de 2023 para el segundo examen de agente de fútbol de la FIFA el 20 de septiembre de 2023.
Se entiende que los agentes que anteriormente tenían licencia según el antiguo Reglamento de Agentes de Jugadores de la FIFA de 2008 y estaban registrados como intermediarios en una asociación nacional de forma continua desde el 1 de abril de 2015, no estarán obligados a realizar un examen. El examen se entregará en línea en las instalaciones de todas las asociaciones miembro.
La licencia de la FIFA autorizará a los agentes a prestar servicios de agentes de fútbol a clientes en todo el mundo.
Las licencias de la FIFA solo se otorgarán a personas físicas y solo los agentes con licencia pueden realizar directamente servicios de agente o acercarse a cualquier cliente potencial. Esto significa que las agencias no pueden obtener una licencia, aunque los agentes aún pueden realizar sus negocios a través de una agencia.
¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para los agentes?
Un agente de fútbol debe:
- nunca haber sido condenado por un delito penal relacionado con: crimen organizado, tráfico de drogas, corrupción, soborno, lavado de dinero, evasión de impuestos, fraude, manipulación de partidos, apropiación indebida de fondos, conversión, incumplimiento del deber fiduciario, falsificación, negligencia legal, abuso sexual, delitos violentos, acoso, explotación o trata de niños o adultos jóvenes vulnerables;
- nunca haber sido objeto de una suspensión o inhabilitación por parte de alguna autoridad reguladora u organismo rector del deporte por incumplimiento de las normas relacionadas con la ética y la conducta profesional;
- no ser funcionario o empleado de la FIFA, una confederación, una asociación miembro, una liga, un club, un organismo que represente los intereses de clubes o ligas o cualquier organización relacionada directa o indirectamente con dichas organizaciones y entidades;
- no tener ningún interés en un club, academia o liga;
- en los veinticuatro meses anteriores a la presentación de una solicitud de licencia, no haber sido encontrado realizando servicios sin la licencia FIFA requerida;
- en los cinco años anteriores a la presentación de una solicitud de licencia, no haberse declarado en quiebra o ser accionista mayoritario, director o titular de un cargo clave de una empresa que se haya declarado en quiebra, entrado en administración y/o en liquidación; y
- en los doce meses anteriores a la presentación de una solicitud de licencia, no haber tenido ningún interés en ninguna entidad, empresa u organización que intercambie, organice o realice actividades de apuestas deportivas.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos de elegibilidad dará lugar a que se le prohíba a un agente presentarse al examen de agente de fútbol de la FIFA y se le deniegue la solicitud de licencia. Si un agente no cumple con estos requisitos en cualquier momento después de que se le haya otorgado una licencia de la FIFA, se le puede suspender o retirar su licencia de la FIFA.
¿Cuáles son los requisitos formales para los contratos de representación?
Un agente de fútbol solo puede prestar servicios de agente de fútbol para un cliente, por ejemplo, un jugador, entrenador o club, después de celebrar un acuerdo de representación por escrito con ese cliente.
Los contratos de representación celebrados con anterioridad al 16 de diciembre de 2022 seguirán siendo válidos hasta su vencimiento y se entiende que dichos contratos de representación no estarán sujetos a nuevas reglas con independencia del momento en que se produzca la transacción. No obstante, los nuevos contratos de representación o renovaciones de acuerdos de representación existentes celebrados con posterioridad al 16 de diciembre de 2022 deberán ajustarse a la nueva normativa a partir del 1 de octubre de 2023 y, en su caso, deberán modificarse los términos contractuales para evitar posibles sanciones. Por ejemplo, las reglamentaciones establecen que solo las personas físicas pueden celebrar un contrato de representación con un cliente para la prestación de servicios y, por lo tanto, si bien un agente puede realizar negocios a través de una agencia, parece en esta etapa que la práctica común de los contratos de representación en ya no se permitirá el nombre de la agencia.
Por lo tanto, los agentes ahora deben tener en cuenta las nuevas reglas al celebrar contratos de representación en el futuro y también revisar los acuerdos existentes celebrados después del 16 de diciembre de 2022 para asegurarse de que cumplen.
Todo contrato de representación debe constar por escrito y contener:
- los nombres de las partes;
- la duración;
- el monto de la comisión adeudada al agente;
- la naturaleza de los servicios a prestar; y
- las firmas de las partes.
Además, antes de celebrar un contrato de representación con un jugador o entrenador, todos los agentes estarán obligados a (i) informar a la persona por escrito que debería considerar la posibilidad de obtener asesoramiento legal independiente en relación con el contrato de representación; y (ii) obtener la confirmación por escrito de la persona de que obtuvo o decidió no recibir dicho asesoramiento legal independiente.
Los contratos de representación tendrán una vigencia máxima de dos años y cualquier disposición de renovación automática, o cualquier otra disposición que pretenda extender cualquier término del contrato de representación más allá del período máximo, será nula de pleno derecho. Los acuerdos celebrados entre agentes y clubes no estarán sujetos a una duración máxima.
Cualquier cláusula que limite la capacidad de una persona (es decir, un jugador o entrenador) para negociar y celebrar de forma autónoma un contrato de trabajo sin la participación de un agente o sancione a una persona si negocia y/o celebra de forma autónoma un contrato de trabajo sin la participación de un agente será nulo y sin efecto. Esto parece evitar que se siga pagando una tarifa a un agente en el caso de que un cliente se represente a sí mismo, en cuyo caso se trata de un cambio importante para los agentes, ya que actualmente es una práctica habitual estipular en los contratos de representación que se seguirá pagando una comisión en el caso de que un jugador negocie un contrato de forma autónoma sin la participación de un agente.
Un agente solo puede ejecutar un contrato de representación con la misma persona a la vez, sin embargo, se pueden celebrar múltiples contratos de representación entre agentes y clubes, siempre que se relacionen con transacciones diferentes.
Finalmente, la normativa permite que un contrato de representación pueda ser rescindido por cualquiera de las partes si existe justa causa para hacerlo. ”Causa justa” se define vagamente como “ cuando ya no se puede esperar razonablemente que una parte, de acuerdo con el principio de buena fe, continúe la relación contractual ” e incluye, pero no se limita a, situaciones en las que la licencia del agente ha sido suspendido o retirado. Este cambio tiene el potencial de conducir a un aumento en el número de disputas y problemas. En primer lugar, la definición relativamente amplia y vaga de “Causa justa” puede dar lugar a más instancias de jugadores que busquen rescindir sus contratos de representación con agentes, especialmente si están siendo apoyados por otros agentes. Además, la posibilidad de que un jugador rescinda su contrato de representación si se suspende o retira la licencia de un agente crea un riesgo importante para los agentes en caso de incumplimiento de las normas. Muchos agentes han sido suspendidos bajo el régimen regulatorio actual pero, siempre que las suspensiones fueran de corta duración o efectivas fuera de una ventana de transferencia, era poco probable que estas suspensiones dieran a los jugadores el derecho a rescindir su contrato de representación. Sin embargo, según las nuevas regulaciones, los jugadores parecen tener derecho a rescindir sus contratos de representación sin importar cuán breve sea o cuándo entre en vigencia la suspensión, lo que otorga una gran importancia a que los agentes cumplan plenamente con las reglas.
¿Cuáles son las normas relativas a los menores?
Obviamente, existe una competencia feroz en el mercado entre clubes y agentes para fichar a los mejores jóvenes talentos lo antes posible y gran parte del comportamiento sin escrúpulos en la industria involucra a menores, por lo que no sorprende que proteger a los menores sea uno de los objetivos principales de la FIFA.
Los agentes tienen prohibido acercarse a un menor y/o a su tutor legal antes de que transcurran seis meses antes de que el menor alcance la edad en la que puede firmar su primer contrato profesional de conformidad con la ley aplicable en el territorio donde el menor vaya a trabajar. Un agente debe obtener el consentimiento por escrito del representante legal del menor o tutor antes de realizar cualquier acercamiento al menor en cuestión. Asimismo, los mandatarios no podrán percibir comisión por la representación de un menor salvo que el menor esté firmando su primer contrato profesional o ulteriores. Este es un cambio bienvenido ya que actualmente los agentes no pueden ser remunerados cuando un jugador menor de 18 años firma un contrato profesional.
Antes de representar a un menor o a un club en una transacción que involucre a un menor, los agentes primero deben completar con éxito el curso de CPD designado sobre menores y cumplir con cualquier requisito para representar a un menor establecido por la ley aplicable en el territorio donde el menor será empleado.
Cualquier infracción de las disposiciones sobre menores será sancionada con multa y suspensión de la correspondiente licencia FIFA de hasta dos años.
¿Pueden los agentes representar a más de un cliente en una transacción?
Uno de los cambios más controvertidos que impone la nueva normativa es la restricción a la representación múltiple.
Actualmente, los agentes pueden (sujeto a ciertos requisitos) actuar para múltiples partes en una transacción. Sin embargo, según las nuevas regulaciones, un agente solo puede representar a un cliente en una transacción, salvo que se le permitirá representar tanto a un jugador como a un club participante. Esto significa que los agentes ya no pueden actuar para las tres partes en una transacción específica, por ejemplo, jugador, club liberador y club comprometido o para un jugador y un club liberador en una transacción. Tampoco es posible eludir estas restricciones mediante el uso de otros agentes que trabajen para la misma agencia o mediante otros acuerdos formales o informales entre agentes separados con respecto a la prestación de servicios.
¿Cuál es el tope de las comisiones?
Las nuevas regulaciones introducen un límite en las tarifas que un agente puede ganar de la siguiente manera:
Cliente | tope de tarifa de servicio | |
Remuneración anual del individuo menor o igual a USD 200.000 (o equivalente) | Remuneración anual de la persona por encima de USD 200 000 (o equivalente) | |
Individual | 5% de la Remuneración de la Persona Física | 3% de la Remuneración de la Persona Física |
club atractivo | 5% de la Remuneración de la Persona Física | 3% de la Remuneración de la Persona Física |
Involucrar club e individuo (representación dual permitida) | 10% de la Remuneración de la Persona | 6% de la Remuneración de la Persona Física |
Entidad liberadora (compensación de transferencia) | 10% de la compensación de transferencia |
La remuneración de una persona es la compensación financiera bruta establecida en un contrato de trabajo negociado, que incluye el salario base, cualquier tarifa de inicio de sesión y cualquier pago condicional, como una bonificación por lealtad o desempeño. Se excluyen los honorarios de venta a favor del jugador y otros beneficios como la provisión de un vehículo, alojamiento o servicios telefónicos.
Al determinar el tope correspondiente, es importante tener en cuenta que el monto de la remuneración a considerar excluye cualquier pago condicional, mientras que el monto final de la remuneración en la que se basa el tope de la comisión incluye pagos condicionales. También debe tenerse en cuenta que si la remuneración anual es superior a USD 200.000 (o equivalente), solo la remuneración por encima de ese monto está sujeta al límite superior del 3% o 6%. Por ejemplo, si la remuneración fija total anual de un jugador es de 1.000.000 USD, entonces el agente tendría derecho a recibir una comisión del 5 % sobre los primeros 200.000 USD y una comisión del 3 % sobre los 800.000 USD restantes.
Los clubes participantes solo pueden pagar hasta el 50% de la comisión total adeudada.
La compensación por transferencia incluye todos los pagos condicionales, pero excluye cualquier tarifa de venta a favor del club liberador.
¿Quién puede pagar los honorarios de los agentes?
Otro cambio importante es la introducción del principio de “el cliente paga”, que prohibirá que los clubes paguen los honorarios de los agentes en nombre de los jugadores a menos que su remuneración sea inferior a USD 200 000.
Actualmente, es una práctica estándar en muchos países que los clubes paguen honorarios a los agentes en nombre de los jugadores, por lo que esto tendrá un impacto significativo en el mercado que involucra a la gran cantidad de jugadores que ganan más de USD 200 000.
La FIFA tal vez crea que al obligar a los jugadores (en lugar de a los clubes) a pagar a los agentes, esto conducirá naturalmente a una reducción en las comisiones pagaderas, pero, alternativamente, esto puede llevar simplemente a que los jugadores busquen salarios más altos para compensarlos por el desembolso adicional que están haciendo. Actualmente no estoy acostumbrado a pagar. Este cambio también puede generar más disputas entre agentes y jugadores.
¿Existe alguna restricción en cuanto a cuándo se debe pagar la comisión adeudada a un agente?
Los pagos de comisión por parte de un club participante o un jugador/entrenador a su agente se realizarán después del cierre de la ventana de transferencia correspondiente y en cuotas cada tres meses durante la duración del contrato negociado.
Asimismo, sólo la remuneración efectivamente percibida por una persona física estará sujeta al pago de una comisión. Esto significa que no se adeudará ninguna comisión a un agente si los montos del salario adeudado por el Club no se han pagado al jugador y un agente no tiene derecho a recibir ninguna comisión aún no adeudada cuando el individuo es transferido a otro club antes de la expiración del contrato de trabajo negociado.
En términos de comisiones pagaderas por un club liberador a su agente, la tarifa de servicio se paga después de recibir cada cuota de la compensación de transferencia adeudada al club liberador.
¿Se proponen otros cambios importantes?
Uno de los pilares clave del cambio cuando se trata de mejorar los estándares es una mayor transparencia, por lo que se requerirá que todos los documentos relevantes que involucren a los agentes, por ejemplo, contratos de representación, se envíen a la FIFA y todos los pagos se procesen a través de la cámara de compensación para que la FIFA sepa quién. se le paga y qué y muchos de esos detalles probablemente serán publicados por la FIFA.
Por último, la FIFA va a introducir una cámara específica para tratar disputas internacionales que involucren a agentes, lo que es una medida bien recibida por todas las partes interesadas porque actualmente puede haber dificultades para presentar y hacer cumplir las demandas en ciertas jurisdicciones y puede resultar complicado acudir al Tribunal de Arbitraje Deportivo por lo costoso y lento.
Conclusión
Si bien las nuevas regulaciones aún están sujetas a desafíos legales presentados por las asociaciones de agentes y no entrarán en vigencia hasta octubre de 2023 como muy pronto, es importante que los agentes y clubes se familiaricen con todos los cambios para que estén completamente preparados. En particular, la mayoría de los agentes deberán realizar un examen sobre las nuevas regulaciones en algún momento durante los próximos 9 meses, por lo que obviamente es muy importante que todos los agentes estén completamente actualizados para garantizar que no haya dificultades con obtener su licencia antes de la entrada en vigor de la parte principal de la normativa.
Además, a los jugadores y entrenadores se les ofrecen más protecciones bajo las regulaciones, pero un cambio clave adicional es que la mayoría de los jugadores y entrenadores ahora serán responsables de pagar la tarifa de su agente en lugar de depender de la práctica actual de su club de pagar la tarifa en su nombre. Por lo tanto, también es importante que los jugadores y entrenadores sean conscientes de sus derechos y obligaciones en el futuro bajo las nuevas regulaciones.
Si tiene alguna consulta específica, no dude en ponerse en contacto con Abint Abogados.
LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA LABORAL DE LOS PROPIETARIOS Y ACCIONISTAS DE LOS EQUIPOS DE FÚTBOL EN VENEZUELA.
Con la ENTRADA EN VIGENCIA del Decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (2012), se CONSOLIDARON los derechos sociales ESTABLECIDOS en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) respecto al derecho del trabajo. Dentro de la mencionada ley, se establecen normas que tienen como fin último la protección del trabajo como hecho social, con un sistema rigurosamente proteccionista en beneficio del trabajador bajo un contexto compensador por el desequilibrio económico suscitado entre el patrono y trabajador.
Entre los privilegios que le son reconocidos a los trabajadores, se hace mención especial al artículo 151 de la ley laboral referida previamente, pues en esta se contempla, en su parte final, una clase de responsabilidad solidaria entre el patrono y los accionistas que en este figuren, a fin de facilitar el cumplimiento de las remuneraciones y demás créditos adeudados a los trabajadores, quienes gozan de una acreencia preferencial y privilegiada por así estar establecido en la ley.
El legislador patrio, desde de la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, ha procurado la protección de los trabajadores ante las situaciones que lo posicionan como el débil jurídico de la relación laboral, condición esta que se configura por ser aquél que depende de las directrices emanadas por el empleador o su patrono, quien es visualizado como aquél que, además de tener el control y administración de un determinado trabajo, tiene a su vez la suficiente posición económica para llevarlo a cabo.
Con base al mandato consagrado en el artículo 87 de nuestra Carta Magna, la cual expresa que es deber del Estado venezolano fomentar el empleo y las medidas que proporcionen una vida digna y decorosa al sector obrero, fueron introduciéndose mecanismos judiciales que permitieran alcanzar el cumplimiento de las acreencias de los patrones para con el trabajador, garantizando a este último la obtención del pago de sus conceptos laborales que por derecho le haya correspondido.
El Texto Laboral vigente, con el objeto imperioso de resguardar la justa distribución de la riqueza de todos los trabajadores, al tratarse de un producto de índole social generado principalmente por este sector, incorporó dentro de los variados aspectos y beneficios económicos, los privilegios patrimoniales de los trabajadores sobre los bienes del patrono, las cuales gozan de preferencia ante cualquier deuda que pueda tener todo empleador, según la estipulación contenida en el artículo 151, el cual reza del siguiente tenor:
El salario, las prestaciones e indemnizaciones o cualquier otro crédito adeudado al trabajador o a la trabajadora con ocasión de la relación de trabajo, gozarán de privilegio y preferencia absoluta sobre cualquier otra deuda del patrono o patrona, incluyendo los créditos hipotecarios y prendarios, obligando al Juez o Jueza de trabajo preservar su garantía. La protección especial de este crédito se regirá por lo estipulado en esta Ley
No obstante, el precitado artículo prevé igualmente la responsabilidad solidaria que subsiste entre el patrono y los accionistas, en el caso que el empleador no goce de la solvencia económica suficiente para responder al trabajador, de tal manera que los privilegios patrimoniales de los trabajadores no solo se limita a los bienes del patrono o la patrona, sino que también se extienden sobre los bienes personales de los accionistas. De esta forma, la parte final del precepto legal mencionado ut supra tipifica lo siguiente:
[…] Las personas naturales en su carácter de patronos o patronas y los accionistas son solidariamente responsables de las obligaciones derivadas de la relación laboral, a los efectos de facilitar el cumplimiento de las garantías salariales. Se podrá otorgar medida preventiva de embargo sobre los bienes del patrono involucrado o patrona involucrada. (L.O.T.T.T, 2012: Art. 151)
Conforme a las ideas expuestas, los accionistas de una sociedad, en principio, gozan de la separación de patrimonios al momento de constituirse como persona jurídica, resguardando así sus bienes de las acreencias sociales que contraiga la sociedad, quien es el deudor principal de las mismas. De evidenciarse circunstancias por la cuales la compañía o sociedad, en su calidad de patrono, esté mermando los derechos de los trabajadores que tenga bajo su dependencia por abusar de su personalidad jurídica, desconociendo las disposiciones laborales que favorecen los derechos económicos de los mismos, el Tribunal competente declarará el levantamiento del velo corporativo, y sólo en estos casos, los accionistas serán solidariamente responsables de los créditos que reclamen los trabajadores, es decir, se les imputarán las obligaciones que, en principio, asumió la sociedad.
En definitiva, el solicitante que tenga como objetivo exigir la ejecución de una sentencia definitivamente firme, podrá hacerlo siempre que haya demandado solidaria y conjuntamente a los patronos y accionistas, y en abono a esto, contar con el material probatorio convincente que fundamente actuar sobre los bienes del accionista, siempre que le resulte favorable la aplicación del levantamiento del velo corporativo, siendo ineludible esta forma de proceder en el juicio por cobro de conceptos laborales.
De otro modo, la Sala de Casación Social en fecha 30 de octubre del año 2013, Expediente N° 11.1580, mediante un recurso de control de la legalidad, concluyó que en función de otorgar un sentido a la estructura que ofrece la redacción del artículo 151, sólo podrá demandarse solidariamente a los accionistas de una empresa: siempre que exista una relación personal y directa entre el accionista y el demandante (trabajador).
En consecuencia, a juicio de quien decidió en la decisión citada, para controlar la legalidad de la responsabilidad solidaria entre patronos y accionistas, estando acorde con las reglas de índole societario, deberá indicarse en el escrito principal de la demanda:
a) las condiciones de tiempo, modo y lugar del servicio personal y directo para con los accionistas, administradores o directores; y, b) demostrar la presunta insolvencia por parte de la sociedad que pueda mermar el cobro de las acreencias de los trabajadores, todo esto a los fines de declarar procedente la posibilidad que instaura el artículo 151 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (2012).
En definitiva quien pretenda demandar a los accionistas de una sociedad mercantil como consecuencia de una obligación laboral, podrá hacerlo de acuerdo al criterio de la propia Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, demandando para ello de forma solidaria y conjuntamente a los patronos y accionistas, y en abono a esto, contar con el material probatorio convincente que fundamente actuar sobre los bienes del accionista y la insolvencia de la persona jurídica demandada.
Pueden oir nuestro podscat en:
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El papel de los atletas profesionales en la sociedad a través de las redes sociales.
La sufrida victoria de la Selección argentina ante México del por el Mundial de Qatar dejó una impensada secuela cuando el campeón mundial de boxeo Saúl “Canelo” Alvarez la emprendió nada menos que contra Lionel Messi, el capitán de la albiceleste.
El boxeador había tuiteado un polémico comentario dirigido a Messi, al acusarlo de ”limpiar el piso” con una camiseta azteca. La imagen correspondía a un video de los festejos en los vestuarios, donde se aprecia una casaca mexicana en el piso.
Pero Twitter no dejó pasar las violentas expresiones de Álvarez contra Messi, y las reemplazó por una leyenda que dice : ”Este Tweet violó las Reglas de Twitter”.
Ocurrió este 27 de noviembre, cuando Canelo, después de reprocharle al capitán argentino que estaba “limpiando el piso” con la camiseta de su país, lo amenazó explícitamente con un tuit que la compañía no dejó pasar: ”Que le pida a Dios que no me lo encuentre”.
Si bien distintas personalidades dialogaron con Canelo para aclarar lo sucedido y bajarle el tono a la polémica, el boxeador siguió firme en sus convicciones e incluso calificó de “pendejadas” a quienes plantearon que Messi no tuvo intenciones de ofender a los mexicanos.
Los atletas profesionales están acostumbrados a ser el centro de atención y ser juzgados por cada decisión que toman dentro y fuera del campo de juego/cancha. Si enciende las noticias o se desplaza por las redes sociales, encontrará algo, ya sea bueno o malo, con respecto a un atleta profesional. Sin embargo, desde el surgimiento de Internet, particularmente las plataformas de redes sociales, hemos visto que los atletas profesionales, así como las celebridades, han podido llegar y atraer a una audiencia mucho más grande que antes. Los atletas son personas influyentes en cuestiones sociales y culturales clave. Brindan la ‘voz’ que promueven las plataformas de redes sociales y también tienen la oportunidad de impactar no solo un tema o evento específico, sino también al mundo en su conjunto.
Antes de Internet y de todas las plataformas de redes sociales, los atletas profesionales eran activistas por cuestiones sociales, pero estas plataformas han brindado una oportunidad inigualable. Según un artículo de Think Press, Atletas profesionales como Jackie Robinson, Muhammad Ali, Tommie Smith, John Carlos y Annika Sorenstam lucharon por una causa y usaron su estatus de ‘celebridad’ para llegar y atraer a una audiencia más amplia a través de varios medios de comunicación. Smith y Carlos utilizaron los Juegos Olímpicos de Verano de 1968, que fue un evento muy difundido en las plataformas de medios de la época, para luchar por la igualdad después de ganar medallas de oro y bronce en la carrera de 200 metros. Ambos hombres llevaban guantes negros, la insignia del Proyecto Olímpico por los Derechos Humanos en la ropa y levantaron el brazo en apoyo de los “Derechos Humanos” al recibir sus medallas. Este fue un evento televisado que recibió una atención significativa después de los juegos, ya que se presentó y aún se muestra en periódicos, radio, televisión y revistas de todo el mundo. Estos hombres luchaban por la igualdad en una América muy dividida.
Los tiempos definitivamente han cambiado cuando se trata de difundir un mensaje sobre un problema social. Los atletas profesionales tienen la capacidad de utilizar las diversas plataformas de redes sociales como Facebook, Instagram, Tiktok y Twitter para llegar y atraer a un público mucho más amplio que puede apoyar sus esfuerzos dando me gusta, compartiendo, retuiteando o publicando su propio contenido relacionado con una tendencia.
Por ejemplo, un artículo de Sport Techieanaliza cómo los jugadores de la NBA de los Cleveland Cavaliers y los Brooklyn Nets usaban camisetas que decían “No puedo respirar” durante los calentamientos posteriores a la trágica muerte de Eric Gardner, quien murió en julio de 2014 después de un enfrentamiento con un oficial de policía de Nueva York. Esto se extendió rápidamente a las redes sociales y se propagó como la pólvora. Los usuarios de las redes sociales tuiteaban, subían fotos a Instagram y compartían fotos e historias en Facebook sobre las acciones de los jugadores de la NBA. En particular, LeBron James usó esta camiseta y publicó abiertamente sobre el problema y la razón por la que él y otros jugadores lo hicieron. Querían apoyar la trágica muerte de Gardner y mostrar su apoyo a su familia y el problema entre el racismo y la brutalidad policial en Estados Unidos. James también publicó una foto en Instagram de Michael Brown y Trayvon Martin, dos hombres afroamericanos que también murieron debido a la brutalidad policial, de pie del brazo y del brazo. James es un gran influencer y activista por el tema del racismo ya que tiene casi 20 millones de seguidores en Instagram. Él, junto con otros atletas profesionales, puede enviar un mensaje y exponer un problema en función de su presencia en las redes sociales y su estatus de celebridad. Después de que los jugadores de la NBA usaran estas camisetas y James publicara esta foto en Instagram, otros medios como la televisión, la radio, los periódicos, las revistas y otras plataformas sociales expusieron la historia y el problema aún más hablando, escribiendo y discutiendo constantemente sobre el tema. Estas plataformas brindan a los atletas profesionales una oportunidad que los atletas activistas no tenían hace 20 años.
En nuestra opinión, creemos que las plataformas de redes sociales han brindado a los atletas profesionales una oportunidad como ninguna otra. Estas plataformas brindan a los atletas la oportunidad de tener un impacto en los problemas sociales y culturales de una manera que era muy difícil antes de que estuvieran disponibles. Los atletas pueden alcanzar y atraer a una audiencia mayor utilizando su fama y la atención que reciben a diario. Casi todos los juegos profesionales se televisan ahora y, al aprovechar estas oportunidades, pueden actuar como personas influyentes y ayudar a resolver los principales problemas de la sociedad. Algunas preguntas vienen a la mente después de investigar este tema: ¿Qué sucede cuando los atletas profesionales se equivocan en las redes sociales? ¿Les damos la espalda?
El principio de justa causa para la Rescisión de contratos en el derecho de futbol.
En el mundo del futbol todo contrato debe ser cumplido conforme a lo acordado y su terminación debe ser por el cumplimiento de los objetivos plasmados o de común acuerdo de las partes tal como lo señala el artículo 13 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores.
Es por tanto que la FIFA establece las excepciones en caso de que existan situaciones que impidan que se lleve de la manera ideal la terminación del mismo, y sea necesaria la terminación anticipada dentro de la cuales destaca la recisión de contratos por causa justificada.
¿Qué es la justa causa o la causa justificada? aun cuando no existe una definición exacta por parte del RETJ, se entiendo como “la razón válida para la terminación anticipada del contrato entre dos partes.”
El artículo 14 del RETJ señala que:
“1. En el caso de que exista una causa justificada, cualquier parte puede rescindir
un contrato sin ningún tipo de consecuencias (pago de una indemnización o
imposición de sanciones deportivas)”
2. “Cualquier conducta abusiva de una parte que tenga como objetivo forzar a su
contraparte a rescindir un contrato o modificar los términos de este, constituirá
una causa justificada de rescisión para la contraparte (jugador o club).”
Es decir, quien invoque este principio para la terminación anticipada del contrato no recibirá ningún tipo de sanción deportiva ni deberá realizar el pago de una indemnización siempre que la FIFA o el TAS así lo determine, mas, sin embargo, la contraparte si estará obligado al pago de una indemnización.
Ahora bien, Para que un contrato quede sin efecto por el principio de justa causa debe tratarse de una falta grave, se entenderá como incumplimiento grave cuando impida la continuidad de la relación contractual y debe ser el último recurso usado.
Se dice que debe ser el último recurso, ya que en la mayoría de los casos las partes buscan llegar a un acuerdo para la terminación anticipada del contrato de trabajo debido a incertidumbre que genera la posibilidad de obtener una decisión contraria a la deseada y en la cual existirá una indemnización, si dicha indemnización no se encuentra pautada en el contrato se deberá cuantificar la cantidad que le corresponde pagar a la parte incumplidora.
Algunos casos ilustrativos en caso de las entidades deportivas son:
- La falta de asistencia a los entrenamientos.
- La disminución del rendimiento.
- Conductas sancionadas por el código disciplinario de la FIFA.
Los casos más recurrentes por parte de los clubes son:
- Los impagos o retrasos en el pago de salarios.
- La separación del algún jugador de sus compañeros en los entrenamientos.
Es importante destacar que el impago o el retraso de los salarios también se encuentra previsto en el 14bis del RETJ, de modo tal que se considera que cuando un club adeude a un jugador al menos (2) salarios mensuales vencidos el jugador tiene causa justificada para rescindir el contrato, siempre que se le notifique al club de la mora y se le conceda al club un plazo de 15 días para el cumplimiento de la obligación.
Importancia de un buen contrato de trabajo del cuerpo técnico de un equipo de Fútbol.
Luego de consagrarse campeones en el año 2017 en la Copa Sudamericana Ariel Holan y el profe Alejandro Kohan festejaron el título por todo lo alto, una semana después sucedió la ruptura de la dupla técnica luego de 27 años de trabajo juntos, ambos siguieron su carrera en el futbol profesional, en equipos distintos, con caminos separados.
A mediados de febrero del 2021 Hernán Crespo firma oficialmente como nuevo entrenador de Sao Paulo, el contrato tenia estipulada una duración por 2 años, el equipo que lo acompaño desde el inicio estuvo conformado por Juan Branda, Alejandro Kohan, Gustavo Sato, Gustavo Nepote y Tobías Kohan.
Alejandro Kohan quien en su perfil se auto define y maneja como Profesor Nacional de Educación Física. Coach Ontologico. Master en PNL. Docente de UNLM. Preparador Físico de Futbol, en su desempeño con el Sao Paulo entrego su mayor dedicación y formación para mejorar la condición física y técnica del equipo en campo, elevando los estándares que manejaba.
Luego de meses de trabajo pareció sorprendente cuando Alejandro Kohan presentó una reclamación ante la Comisión del Estatuto del Jugador, mayor sorpresa fue el observar el desenlace de dicha reclamación, inicialmente se declaro la inadmisión del reclamo del preparador físico contra el club brasileño Sao Paulo, una decisión poco común en el ámbito futbolístico, pues generalmente los demandantes (reclamantes) están muy claros de su posición frente a los equipos y al elevar una reclamación lo hacen siendo confirmada su acreditación como “Profesional del Fútbol”.
Reclamación y Argumentos
Presentado el reclamo por Alejandro Kohan El Club deportivo argumento que el Demandante es un preparador físico que no debe ser considerado como “Profesional del Fútbol”, el juez único estuvo de acuerdo, tras revisar las pruebas que los antecedentes indican que el Demandante desarrollo una carrera y se desempeñó principalmente como preparador físico, con una especialización en la preparación física, incluso en diferentes deportes y no exclusivamente en el fútbol.
En gran medida la decisión del Juez único ha sido responsabilidad de Alejandro Kohan quien se define en la presentación del reclamo de manera muy genérica como “profesional del fútbol”, además, el Juez consideró que la descripción del puesto de trabajo como profesional del futbol en el contrato no es clara y no permite determinar las tareas exactas que debe realizar.
El Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores es bastante claro al identificar cual es la descripción de un entrenador: siendo este una persona empleada por un club profesional o asociación que se desempeña entre otras funciones en entrenar a jugadores, seleccionar a jugadores para partidos y competiciones, tomar decisiones tácticas antes y durante los partidos y competiciones; ocuyo empleo requiere estar en posesión de una licencia de entrenador conforme a la normativa nacional o continental de licencias.
Como bien señala el Juez Único y vista la definición del Estatuto un entrenador es “una persona empleada en una ocupación específica del fútbol”, los preparadores físicos no se definen como poseedores de una “ocupación específica del fútbol”, ya que no implica la toma de decisiones, técnicas, tácticas y decisivas para el desarrollo y desenvolvimiento del club en el campo de juego.
En vista de lo anterior, el Juez Único estableció que no es competente para decidir sobre el fondo del asunto, al no cumplirse con los requisitos del Reglamento en combinación con las definiciones del mismo Reglamento.
En conclusión
1. El Juez determino su incompetencia para resolver del asunto motivando:
2. El demandante no probó lo suficiente su condición de entrenador.
3 El preparador físico por no implicar su puesto la toma de decisiones tácticas no se califica como poseedor de una “ocupación específica del fútbol”
Por lo tanto
Es imperativo que al momento de la realización de un contrato como profesional del fútbol se tenga el asesoramiento debido en relación al puesto y las funciones especificas que se va a desempeñar, de esta manera se tendrá claro si se está amparado por la jurisdicción deportiva o por la jurisdicción ordinaria al momento de presentarse una disputa.
Un hecho innegable que se debe tener en consideración es que no todos los puestos de los profesionales del fútbol de la estructura que conforma un equipo están protegidos por sindicato, aunado al hecho de no tener amplia regulación histórica que los respalde en la situación de presentarse el conflicto.
Quedara por verse como podrá Alejandro Kohan ser protegido y defender sus derechos como profesional del fútbol.
Abog. Darwin Romero
El periodo de prueba en la nueva enmienda del Reglamento sobre el Estatuto y la transferencia de jugadores.
La creación del periodo de prueba tipificado en el nuevo artículo 19ter del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores marca un inicio de un parámetro a seguir en los periodos de prueba ya que nunca antes se había mencionado ningún aspecto de estas.
La prueba es: “Un período temporal durante el cual un jugador que no está registrado en un club es evaluado por ese club.” Esta no tendrá límite mínimo, pero si una duración máxima de 8 semanas en caso de que el jugador tenga 21 años o menos, un máximo de 3 semanas si el jugador es mayor de 21 años. Solo se podrán realizar como máximo 2 pruebas anualmente para jugadores entre los 18 y 21 años, en caso de los menores de edad de 5, no existe obligatoriedad en que sea consecutiva, es decir, las semanas de pruebas pueden o no ser continuas.
También, existe un nuevo requerimiento para que se lleve a cabo dicha prueba, el cual es: llenar un formulario, firmarlo y depositarlo en FIFA TMS 10 días antes de que inicie dicha prueba. El formulario debe contener la duración, las condiciones de la prueba y el acuerdo alcanzado entre las partes con respecto al viaje, alojamiento, dietas, entre otros. Si el jugador está inscrito en otro club, será necesario el consentimiento de ese club para que se lleve a cabo la prueba, dándole mayor certeza y transparencia a este procedimiento.
No obstante, el lapso de 10 días es lo que genera incertidumbre ya que es posible que existan dificultades para cumplirlo, debido a la organización que conlleva esto ya que los equipos de reclutamiento no suelen informales a los directivos de los clubes sobre algún nuevo futbolista en evaluación, ya que estos reclutamientos se caracterizan por su espontaneidad y a la inexistencia de avisos previos, por tanto deberá ser necesario un cambio en los procedimientos internos de los clubes para que se informe todo lo relativo a las pruebas.
En la nueva enmienda no se encuentra previsto las sanciones que puede acarrear el incumplimiento de este requisito por parte de los clubes y debido a que esta reforma es completamente nueva no le anteceden jurisprudencias. Sin embargo, cualquier infracción por parte de los clubes en este nuevo requerimiento será sancionada por la Comisión disciplinaria de la FIFA.
La Terminación del contrato de un entrenador por malos resultados deportivos.
Comentarios al Laudo CAS 2020/A/6798 Galatasaray Sportif Sinai ve Ticari Yatirimlar A.S. contra Igor Tudor, de 10 de mayo de 2020.
LA HISTORIA
Igor Tudor es un entrenador de fútbol que en febrero de 2017 firmó un contrato para prestar sus servicios laboralmente como entrenador del equipo Galatasaray, por lo que restaba de la temporada 2016/17 hasta el 31 de mayo de 2018. Acordando contractualmente un salario de 400.000€ para lo que restaba de temporada 2016/17 y 1.000.000€ de salario para la temporada 2018. También acordando bonificaciones por la obtención de algunos objetivos.
Logró asegurar un lugar para el Galatasaray en las eliminatorias de la Europa League al final de la primera temporada.
En diciembre de 2017, el Igor Tudor recibió una notificación del Club informándole que su contrato había sido rescindido, argumentando que la causa era:
La pérdida de cuatro de los siete partidos oficiales de liga que se habían jugado consecutivamente antes de la notificación, el rendimiento del equipo en los grandes partidos, que no fue el esperado,indicando que “lamentablemente no pudo cumplir con su obligación contractual de preparar y entrenar al equipo y a los jugadores de la mejor manera técnica, táctica y fisiológica”
Igor Tudor presentó una reclamación ante la Comisión del Estatuto del Jugador de la FIFA reclamando el valor total de su contrato más los intereses. Posteriormente incluyo en la reclamación que el Galatasaray había ganado la Liga 2017-2018, temporada que inicio con Igor Tudor por lo cual el mismo consideraba que debía recibir el premio prometido de bonificación.
La FIFA emitió su decisión motivada de febrero de 2020, el Juez Único resolvió:
v Aceptar parcialmente el reclamo de Igor Tudor.
v El Galatasaray debería abonar a Igor Tudor 200.000€ como remuneración pendiente.
v El Galatasaray debería abonar a Igor Tudor 514.730€ en razón de indemnización por incumplimiento de contrato.
El Galatasaray presentó Apelación, solicitó el arbitraje con un solo árbitro, Igor Tudor no aceptó tal petición, el Vicepresidente de la División de Apelaciones decidió establecer un panel de tres árbitros, no habiendo encontrado una solución amistosa entre las propias partes, el Panel decidió preparar el Laudo final.
Argumentos del Galatasaray en la apelación:
v La rescisión del contrato por justa causa es conforme al artículo 337 del Código Suizo.
v El desempeño del equipo fue pobre: cuatro derrotas en siete partidos, incluyendo derrotas contra sus rivales antagonicos; y eliminación de la Europa League.
v “Actitud temeraria” del Entrenador a la afición al reclamar su dimisión.
Argumentos de Igor Tudor a la apelación:
v El desempeño en el campo no puede ser causa justa de terminación anticipada del contrato.
v El Equipo estaba funcionando bien: sólo un punto por detrás de los líderes de la Liga.
v No se debe considerar la actitud hacia los fanáticos porque no se menciona en la notificación de terminación del contrato.
v El límite de la compensación debe interpretarse a favor del Entrenador, citando los fallos del TAS y de la FIFA.
v La ley suiza obliga al Club a pagar el valor residual total del Contrato, incluidas las bonificaciones y beneficios.
DECISIÓN DEL TAD
El acuerdo entre el Galatasaray y Igor Tudor se considera un contrato a plazo fijo, porque define una fecha de finalización especifica, de acuerdo con la ley suiza “los contratos a plazo fijo no pueden ser rescindidos por las partes antes de que expire el plazo fijo, a menos que haya justa causa para la terminación inmediata o las partes llegan a un acuerdo mutuo sobre la terminación del contrato” (El Laudo cita SFT 4A_89/2007 de 29 de junio de 2007).
La ley suiza define los requisitos de “justa causa” en el Código de Obligaciones:
v Las razones deben ser entregadas por escrito.
v Por causa justificada: “Cualquier circunstancia que haga inconcebible para el notificante la continuación de la relación laboral de buena fe”.
Por lo tanto, el Panel resume lo siguiente, basado en la jurisprudencia de los tribunales suizos:
El Galatasaray sí cumplió con la regla de notificar a Igor Tudor la terminación del contrato, pero los motivos alegados no fueron considerados conforme a justa causa.
La ley suiza permite dar razones posteriores para la terminación del contrato, si no las hubiera conocido cuando se envió la notificación, pero la supuesta actitud hacia la afición y la eliminación de la Europa League era un hecho conocido por el Galatasaray con anticipación. Al no haberlo mencionado en la notificación, no se puede utilizar posteriormente.
Solo si ambas partes acuerdan que los resultados deficientes son una causa justa, no son argumentos para la terminación anticipada del contrato.
Si estuviera escrito en el Contrato y acordado por las Partes, que no es el caso, también se tenía que hacer una definición clara de lo que realmente significa “malos resultados”, a fin de evitar una interpretación subjetiva de lo que esto significa y por ende se de una terminación unilateral del contrato por parte del club, por una causa considerada falsamente como legítima.
El Galatasaray no había advertido formalmente a Igor Tudor que rescindiría el contrato si el rendimiento del equipo no mejoraba.
SOBRE EL LÍMITE DE DAÑOS
Existió una cláusula del Contrato que establecía que en caso de rescisión anticipada del contrato por parte del Galatasaray, Igor Tudor tendría derecho a un límite de 5 meses de salario si se consideraba una terminación del contrato sin justa causa, son aplicables los artículos de la Ley Suiza, Código de Obligaciones.
Estos artículos establecen que:
v Cuando haya terminación sin causa justificada, el trabajador deberá recibir la cantidad que debió haber recibido al término de la misma, el valor total restante del contrato.
v Los daños y perjuicios se reducirán en la cantidad que percibió realizando otro trabajo.
v Corresponde al Tribunal decidir sobre la indemnización, pero se limita a seis meses de salario.
Por lo tanto, la cláusula contenida en el contrato es considerada inválida por el Panel y confirmó el cálculo de 541.935 €. Del primer Juez Único por los daños ocasionados
OTRAS CONSECUENCIAS FINANCIERAS
Sobre el Bono
El Club entiende que el Entrenador ya no tiene derecho a la bonificación porque en el momento de ganar la Liga era empleado del otro club deportivo. La decisión del primer Juez Único fue otorgar el bono al Entrenador porque fue la terminación injustificada del contrato lo que impidió que el Entrenador lo consiguiera.
El Panel se refiere una vez más a los artículos del Código de Obligaciones de Suiza al afirmar que el empleador debe dar al empleado “la cantidad que habría ganado si la relación laboral hubiera terminado según la duración acordada”. Por lo tanto, el Panel confirma la decisión del Juez Único, otorgando el premios pues si se huera quedado habría tenido derecho a la bonificación.
Mitigación de daños
Como se explicó anteriormente, la ley suiza obliga al empleado a mitigar los daños considerando lo que ha ganado como resultado de realizar otros trabajos. No se discute entonces que el contrato del Igor Tudor con el otro equipo de futbol debe mitigar el monto otorgado en concepto de daños.
Finalmente el Laudo determino:
Para que un Club despida a un Entrenador por “resultados deficientes”, esto debe especificarse y definirse correctamente en el Contrato.
Las normas aplicables a los contratos rescindidos sin justa causa son de aplicación obligatoria y las disposiciones contractuales que, de algún modo, limiten, deroguen o reduzcan esta norma se tendrán por nulas e inaplicables.
Cuando no exista justa causa, los daños y perjuicios también deberán considerar como atenuante todo lo que el trabajador haya ganado con otro trabajo en el tiempo que hubiera estado vigente el contrato.
El Galatasaray tuvo que pagar al Igor Tudor:
ü Concesión en daños y perjuicios igual al valor residual del contrato menos el salario devengado por Igor Tudor en otro club de futbol: 514.730€ (Se aplica un tipo de interés moratorio del 5%).
ü Remuneración de bonificación perdida: 200.000€
Abog. Darwin Romero.
Abint Abogados
https://www.abint.com.ve/web/?p=1971
Consecuencias penales de las peleas en el Beisbol.
El béisbol es un juego de caballeros.
Empecemos de nuevo. El béisbol profesional es un juego jugado por niños del tamaño de un hombre. Guardan rencores. Ellos pelean. Se tiran cosas unos a otros cuando se enojan. Y cometen delitos mientras el Estado se hace de la vista gorda.
No nos malinterpreten. Nos encanta el beisbol. Pero observamos el hermoso juego a pesar y no debido a la violencia gratuita y petulante.
La semana pasada el juego de Beisbol pasó a ser una trifulca digna de una guerra campal. Un infortunado evento surge cuando un primera base golpea a traición en la cara y de forma cobarde a alguien que va corriendo las bases por un home run, en otro evento se puede observar como un jugador dentro de la trifulca lanza una pelota de beisbol a otro grupo de jugadores que se encontraban dentro de la trifulca causándole daños fuertes como consecuencia de tan ruin actuar. La pelea se prolongó durante minutos. Era como una ópera horrible llena de hienas con ganas de sangre, completa con intermedios, tramas secundarias y estallidos.
También fue un crimen.
Y ese crimen llámese lesiones, homicidio y otra cosa, tiene apellido y es Dolo eventual, y eso sucede cuando el agente se representa, ya no como seguro, ya no como cierto, sino meramente como posible o, mejor aún como probable, un resultado típicamente antijurídico que en principio él no desea realizar, sino que desea realizar una conducta distinta de ese resultado típicamente antijurídico ya previsto como posible, más aún como probable. En el dolo eventual el agente se representa el resultado, el agente intrínsicamente se dice: “ocurra de esta manera u ocurra de la otra, yo continúo desarrollando mi actividad inicial”, existe una especie de indiferencia del sujeto activo frente al ordenamiento jurídico. No desea realizar el resultado antijurídico, que ha previsto como probable, pero continúa desarrollando su actividad inicial, a pesar que no confía en que su buena suerte, su pericia, impida la actualización de ese resultado típicamente antijurídico.
En la pelea en el estadio y en el bolazo en el otro campo no pasó pero en cualquier otro contexto, se habría llamado a la policía y se habrían hecho arrestos. Saque esta pelea del campo de béisbol y muévala a un bar, una oficina o un parque público y la gente terminaría esposada.
La agresión criminal es la aplicación de la fuerza o la amenaza de la aplicación de la fuerza sin consentimiento.
Las defensas tradicionales de legítima defensa y estado de necesidad no se aplican en un caso como éste y serían ridiculizadas en los tribunales. Pero, ¿y el consentimiento?
En Venezuela se puede consentir una pelea a puñetazos, siempre que no se utilice un arma y que la pelea no provoque daños corporales.
¿Pero hay alguna prueba de ello en este caso?
En los tribunales, la defensa del consentimiento de la lesión podría suscitar una duda razonable, pero aquí se trata de atletas millonarios y no de oficinistas o clientes de un bar, por lo que este caso nunca llegará ante un juez porque nadie fue acusado.
La ley trata a los deportistas de forma diferente a los oficinistas. En los deportes, el contacto físico que normalmente sería agresivo es lícito porque, a diferencia de las peleas a puñetazos, se considera que las actividades y los juegos deportivos tienen un valor social importante; merecen la pena.
En el caso Jobidon, se consideró que “algunas formas de fuerza aplicada intencionadamente entrarán claramente en el ámbito de las reglas del juego y, por tanto, fundamentarán fácilmente una conclusión de consentimiento implícito, a la que debe darse efecto“.
Los jugadores de fútbol no cometen una infracción cuando hacen una barrida. Los jugadores de béisbol no cometen una infracción cuando se deslizan con fuerza para interrumpir una doble jugada y derriban a un jardinero. Los boxeadores no son arrestados por golpearse unos a otros.
Pero cargar contra el equipo contrario y lanzar puñetazos no está claramente aprobado en las reglas del Beisbol.
Los recursos judiciales son escasos y el sistema ya está colgando del borde del precipicio por las uñas. Todos los días hay delitos graves que corren el riesgo de ser desestimados por el retraso. Los tribunales públicos no deben convertirse en la policía de las ligas profesionales.
Para ser claros, nuestros sobrecargados tribunales penales tampoco deberían ser el lugar en el que nos ocupemos de los delitos motivados por la pobreza, la adicción o los problemas de salud mental. Pero esas pobres almas no son millonarias y a menudo acaban acusadas, condenadas y encarceladas por delitos mucho menos graves y mucho menos violentos que los sucedidos en el beisbol.
Por lo tanto, el Béisbol tiene que dar un paso adelante. Todo va más allá de una ridícula suspensión de 8 partidos. Y lo que es más importante, alguien va a morir si el béisbol no empieza a tomarse la violencia en serio.
La mayoría de las peleas en el béisbol comienzan o terminan con lanzamientos intencionados de la pelota a un bateador. Por supuesto, suele haber algún desaire percibido, como una charla de mal gusto, un trote de jonrón demasiado lento o un jugador novato que es demasiado bueno.
Y aquí es donde deberían intervenir los tribunales, antes de que alguien muera.
Las reglas del Béisbol prohíben y condenan específicamente el lanzamiento a los bateadores por una buena razón. Raymond Johnson Chapman jugaba como campocorto en los Indios de Cleveland. Chapman murió en 1920 tras ser golpeado en la cabeza por un lanzamiento. A excepción de la muerte, un estudio de 2018 en The American Journal of Sports Medicine encontró que, aunque las lesiones por golpeo ocurren con poca frecuencia en el curso del juego normal, representan colectivamente una fuente significativa de juegos perdidos debido a lesiones. A lo largo de 5 años, se perdieron 24.624 días de juego debido a lesiones causadas por golpes. Pero es que este golpeo se ejecuta frente al bateador, pero es que en este caso fue a traición.
Las situaciones de golpeo intencionado pueden representar sólo una fracción de estos incidentes, pero la evidencia es clara, ser golpeado por un lanzamiento crea un riesgo sustancial y predecible de daño corporal. Los jugadores tienen las cicatrices, los huesos rotos y los moratones grotescos que lo demuestran.
Nadie, ni siquiera un atleta profesional, puede consentir un daño corporal infligido fuera de las reglas del juego.
Teniendo en cuenta los riesgos de lesión, no se puede argumentar un consentimiento implícito para ser golpeado con un proyectil de 90 millas por hora. Sin embargo, se trata de delitos que las grandes ligas de béisbol consideran que sólo merecen breves suspensiones como castigo.
Puede ser difícil establecer la intención en las situaciones de “hit-by-pitch”. Pero lo mismo ocurre con muchos delitos. Nuestra policía y nuestros tribunales son buenos para examinar las pruebas y sacar conclusiones lógicas. Cualquier aficionado al juego puede distinguir, con razonable seguridad, un lanzamiento errante de un golpe intencionado. Y a veces los lanzadores se incriminan libremente. Este año, el lanzador de los Cubs Carl Edwards Jr. admitió haber golpeado intencionadamente a Austin Nola, de Seattle, en un partido de entrenamiento de primavera. Y en 2012, la superestrella del millón de dólares, Cole Hamels admitió haber golpeado intencionalmente a Bryce Harper con una bola rápida de 93 millas por hora porque el novato se quejó de la zona de strike.
Harper tomó la primera base y terminó robando el home más tarde en esa entrada. Hamels fue suspendido por sólo 5 juegos. Hamel debería haber sido acusado de un delito, al igual que Carl Edwards Jr. y Keone Kela.
Las Ligas de Béisbol han demostrado ser incapaces de disuadir a los lanzadores de que lancen intencionadamente proyectiles rápidos a los bateadores. A menos que las Ligas de Béisbol piensen que la bola de frijol tiene una valiosa utilidad social, es sólo cuestión de tiempo que una tragedia obligue al sistema judicial a tomar medidas.