Las transferencias puente ilegales.

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La Comisión Disciplinaria de la FIFA sancionó – con las decisiones núms. FDD-7916, FDD-7917 – Angers SCO y Paris FC por violar las disposiciones contenidas en el art. 5 bis del Reglamento de la FIFA sobre el estatuto y las transferencias de jugadores (RSTP); esta regla establece específicamente la prohibición de que clubes y jugadores participen en las llamadas transferencias puente (en italiano, transferencias puente). Una transferencia de puente es una transferencia que tiene una función intermedia, que generalmente consiste en el paso de un jugador del club A al club B, pero que pasa por un club C, este último será formalmente el comprador de A y el cedente a B .

Hay tres razones principales detrás de esta operación:

1 – Eludir la prohibición de la FIFA sobre TPO (propiedad de terceros)

2 – Operaciones de maniobra que permitan la evasión / elusión fiscal

3 – Reducir los costes del subsidio de formación.

El tercer motivo, en el caso analizado, es precisamente el que llevó a la Comisión Disciplinaria de la FIFA a sancionar a los dos clubes franceses. El litigio tiene su origen en la adquisición por parte del Paris FC del futbolista Kévin Bemanga, ex miembro de un club amateur español. Después de un mes, el jugador es transferido a Angers SCO. De la lectura de las decisiones se desprende que a través de esta operación los dos clubes franceses obtienen un saldo positivo de 90.000 euros cada uno, eludiendo efectivamente el pago del subsidio de formación; de hecho, si el primer contrato profesional del jugador se hubiera firmado directamente con Angers SCO, el monto de la asignación de entrenamiento habrían sido 340.000 euros, pero la firma del primer contrato con el Paris FC supone que el importe de la indemnización equivale a 160.000 euros.

Debe tenerse en cuenta que, como exige el párrafo 2 del art. 5 bis del RSTP – en casos sospechosos de transferencia puente, la carga de la prueba se invierte: por lo tanto, se supone que las partes están involucradas en una transferencia puente en caso de que las transferencias consecutivas del mismo jugador se completen en el lapso de tiempo de 16 semanas. En el caso en cuestión, la Comisión Disciplinaria de la FIFA no consideró digno de aceptación las defensas presentadas dall’Angers SCO, señalando que la transferencia del jugador en cuestión no es el caso con el objetivo de jugar un fútbol organizado (» con el fin del jugador que juega al fútbol organizado «), sino para eludir las reglas sobre el subsidio de formación.

Por tanto, la Comisión impuso una multa de 30.000 francos suizos a los dos clubes franceses y prohibió el registro de jugadores, a nivel nacional e internacional, durante un período de transferencia completo.

 

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