Mediante Sentencia del 18 de diciembre de dos mil quince 2015, la Sala Constitucional, bajo la ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, declaró competente a los Juzgados Superiores en lo Contencioso Administrativo para conocer de las acciones de amparo constitucional ejercidas con ocasión a la actividad desarrollada por los Consejos Comunales, en virtud de la afectación de bienes entregados por el Poder Ejecutivo Nacional para el beneficio de sus miembros, ante la denuncia por parte de sus voceros de la vulneración de los derechos constitucionales de petición, de participar libremente en los asuntos públicos, participación electoral, igualdad, y de obtener rendición de cuentas públicas, entre otros.
VER: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/Diciembre/184167-1721-181215-2015-15-1280.HTML