La protección de los diseños de las camisas.

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La controversia surgió entre Karen Millen Fashion dedicada a la fabricación y venta de prendas y la sociedad de ventas al por menor irlandesa Dunnes. En el año 2005 Karen Millen diseñó y comercializó en Irlanda una blusa a rayas, en una versión azul. Representantes de Dunnes adquirieron unas cuantas prendas de vestir de Karen Millen y mandaron fabricar copias de estas prendas de vestir fuera de Irlanda y las comercializó en sus establecimientos en Irlanda a finales de 2006. Karen Millen interpuso una demanda por infracción de sus dibujos o modelos comunitarios no registrados. Las similitudes entre ambas camisas eran evidentes.

La defensa de Dunnes nunca negó que hubiera copiado los modelos, pero defendía su derecho a hacerlo por entender que las creaciones de Karen Miller carecían de carácter singular y que, en consecuencia, no podían protegerse como diseños no registrados. De hecho la clave del litigio era si para determinar el carácter singular de la camisa debía realizarse con respecto a otras camisas registradas o hechas públicas con anterioridad o si sus características pueden confrontarse con una combinación de camisas anteriores. La cuestión no es en absoluto baladí para la industria. De 3 / 8 admitirse que para que un diseño  no registrado tenga carácter singular sus características (colores, líneas, ornamento, medidas…) deben generar una impresión general en los usuarios informados diferente en el sentido de que esas características no pueden encontrarse individualmente en otras colecciones de camisas tiene un extraordinaria trascendencia. Esta solución haría extraordinariamente difícil que la protección de las prendas de vestir como diseños no registrados mediante la disección de la camisa y la identificación individual de sus características en cualesquiera camisas (u otro tipo de diseños) que con anterioridad se hubieran hecho públicas. Es probable que en otras prendas de vestir se haya utilizado ese cuello, el color, la forma del bolsillo, las rayas… No obstante, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dio un gran respaldo al sector de la moda europea al defender que no cabe esa disección de las características de un diseño para determinar su carácter singular. En consecuencia, concluyó que para determinar si la camisa de Karen Miller era singular, Dunnes debía identificar un diseño anterior en el que, conjuntamente concurrieran las características que hacen singular la misma, sin poder buscar esas características de forma aislada en multitud de colecciones anteriores. Esta Sentencia ha supuesto un espaldarazo a la industria de la moda al fortalecer la figura del diseño no registrado y dando argumentos a los diseñadores para luchar en los Juzgados contra la proliferación de copias.

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